CIDH

Comisión Interamericana de Derechos Humanos condena el Decreto Ley 35

El pasado 22 de septiembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE), emitieron un comunicado en el cual expresaron su preocupación ante las nuevas normas aprobadas por el gobierno cubano en materia de “telecomunicaciones y ciberseguridad”, entre ellas el Decreto Ley 35 y la Resolución 105 del Ministerio de Comunicaciones (MINCOM).

Según el organismo regional, las leyes antes mencionadas podrían restringir y criminalizar la libertad de expresión en internet, violando así los derechos reconocidos y protegidos por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. De tal forma, pide al Estado cubano adecuar sus normativas en materia de telecomunicaciones a estándares internacionales y democráticos.

Tanto la CIDH como su RELE reconocen en el comunicado que internet “se ha convertido en un espacio fundamental para ejercer el derecho de protesta en Cuba”, algo que quedó demostrado durante las manifestaciones pacíficas que movilizaron a miles de cubanos a las calles el pasado 11 de julio. Los organismos regionales también explicaron que fines declarados como la intención de proteger el orden público o la seguridad nacional no son suficientes para justificar la restricción de la libertad de expresión.

“Las normas legales vagas o ambiguas, que otorgan facultades discrecionales amplias a las autoridades, son incompatibles con los estándares interamericanos, ya que pueden dar lugar a actos de arbitrariedad que equivalgan a censura previa o que impongan responsabilidades desproporcionadas frente a discursos especialmente protegidos”, declararon la CIDH y su RELE sobre conceptos legales usados en las normas cubanas, tales como “moralidad pública”, “orden interior del país”, “subversión social” y “prestigio del país”.

Los organismos regionales advierten, además, que la interpretación de estas leyes por parte de las autoridades cubanas puede efectuarse de manera arbitraria y selectiva, dado que no existen garantías legales que protejan a los ciudadanos frente a esta posibilidad. En Cuba, recuerdan, “no existen los elementos fundamentales e instituciones inherentes a una democracia representativa, no hay independencia judicial y existen limitaciones a la separación de poderes”.

Por otra parte, la CIDH expresó que existe en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos especial preocupación por problemas que puedan derivar de la implementación de la Resolución 105 del MINCOM, como la creación de “sistemas institucionales de monitoreo y filtrado de contenido en internet”. Esto último violaría el principio 5 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH. Dicho principio destaca:

“La censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las restricciones en la circulación libre de idras y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión.”

En abril de 2021, la CIDH y dos de sus relatorías especiales presentaron una guía dedicada a la promoción del acceso universal a internet, como parte de una serie de documentos sobre el tema de los derechos humanos en el contexto de la pandemia de la Covid-19 en las Américas. En dicho documento, la CIDH advierte también:

“Es imprescindible que cualquier regulación o política pública tendiente a garantizar el acceso a internet esté acompañada de mecanismos para salvaguardar los derechos a la privacidad, a la igualdad y no discriminación y la libertad de expresión, entre otros derechos”.

Según expresara a YucaByte por esas fechas la jurista Laritza Diversent, directora de Cubalex, Cuba es responsable jurídicamente ante el sistema interamericano y la CIDH, sin embargo, por cuestiones políticas heredadas de la Guerra Fría, el gobierno cubano no responde a los comunicados ni recomendaciones de estos organismos regionales.

Cuba es parte del sistema interamericano porque firmó todos los documentos que dieron origen a este sistema. En 1962, Cuba fue suspendida del sistema interamericano, es decir, que no podía participar en sus actividades principales, pero no por eso dejó de ser parte de él. Esa medida, establecida mediante resolución, cambió en 2009, cuando se acuerda su regreso siempre que el propio Gobierno de la Isla inicie un proceso referente al cumplimiento de las normas que aparecen en la Carta Democrática Interamericana. O sea, en términos prácticos la suspensión continúa, pero Cuba sigue siendo parte del sistema porque nunca denunció la Carta del sistema interamericano, algo que sí hizo Venezuela en 2017.– explicó Diversent.

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